Art. Disposición adicional única
En vigor desde 21 jul 2022
Las referencias efectuadas en este real decreto a sus anexos I, II y III, se entenderán efectuadas, respectivamente, a los anexos I, II y III del Reglamento Delegado (UE) 2020/411 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2019, por el que se modifica la Directiva 2009/45/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las reglas y normas de seguridad aplicables a los buques de pasaje, en lo que respecta a las prescripciones de seguridad aplicables a los buques de pasaje que realizan travesías nacionales.
Se añade por el .1 del Real Decreto 587/2022, de 19 de julio de 2022. Ref. BOE-A-2022-12013
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1999/07/16/1247#disposicion-adicional-unica