Capítulo CAPÍTULO V
Art. 33
En vigor desde 12 dic 2024
La actuación de la AECID estará basada en la planificación, gestión por objetivos y resultados y evaluación de estos. Para ello, la AECID trabajará a partir de los siguientes documentos de planificación por objetivos y resultados: el contrato de gestión y los Planes de Acción Anuales.
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Proeli/es/rd/2024/12/10/1246#art-33