Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición transitoria tercera
En vigor desde 17 nov 2006
A efectos de lo contemplado en el artículo 24.2.b), se considerarán las convocatorias ya consumidas con anterioridad a la entrada en vigor de este reglamento.
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Proeli/es/rd/2006/10/27/1224#disposicion-transitoria-tercera