Art. Disposición final segunda

En vigor desde 17 oct 2010
Se autoriza al Ministro de Educación a dictar las normas y a adoptar las medidas necesarias para el desarrollo y aplicación del presente real decreto.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2010/10/01/1220#disposicion-final-segunda

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil