Art. 2

En vigor desde 5 nov 2006
La Mutualidad General Judicial, para el ejercicio de sus funciones, se estructura en los siguientes órganos: a) De participación en el control y vigilancia de la gestión: 1.º La Asamblea General. 2.º La Comisión Permanente. b) De dirección y gestión: 1.º La Gerencia. 2.º Los Delegados Provinciales.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2006/10/20/1206#art-2

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil