Art. Preambulo
En vigor desde 23 jul 1981
La disposición final segunda de la Ley Orgánica uno/mil novecientos setenta y nueve, de veintiséis de septiembre, General Penitenciaria, establece la necesidad de elaborar el correspondiente Reglamento en desarrollo de la mencionada Ley.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Justicia, de conformidad con el dictamen emitido por el Consejo de Estado, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día ocho de mayo de mil novecientos ochenta y uno,
DISPONGO:
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Proeli/es/rd/1981/05/08/1201#preambulo-pr