Art. 1

En vigor desde 21 jul 1985
A los efectos previstos en los artículos 12 y 35 de la Ley 25/1970, de 2 de diciembre, y en los artículos 12.2 y 35.3 del Decreto 835/1972, de 23 de marzo, las variedades de vid para vinificación se clasifican en preferentes o recomendadas y autorizadas.
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eli/es/rd/1985/06/05/1195#art-1

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