Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª Selección de los funcionarios del Cuerpo
Art. 14
En vigor desde 20 jun 1977
Completada la justificación documental o finalizado el plazo establecido para efectuarla, los candidatos comprendidos en la relación que hayan presentado su documentación completa serán nombrados funcionarios en prácticas, con los efectos económicos regulados en el Decreto 1315/1972, de 10 de mayo.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1977/04/01/1167#art-14