Título TÍTULO XV›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición adicional tercera
En vigor desde 20 may 2025
En lo no previsto en materia de procedimientos en este Reglamento se estará a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y su normativa de desarrollo.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2024/11/19/1155#disposicion-adicional-tercera