Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª Definición, composición y funciones de los órganos de gobierno
Art. 6
En vigor desde 29 jul 2012
El Consejo Directivo es el órgano colegiado superior de dirección del Servicio Militar de Construcciones. Estará formado por un presidente y un máximo de diez vocales que se denominarán consejeros.
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Proeli/es/rd/2012/07/27/1143#art-6