Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 2.ª Proveedores de formación AFIS
Art. Disposición final tercera
En vigor desde 25 sept 2010
El Director General de Aviación Civil mediante circular aeronáutica, de conformidad con el procedimiento y los límites previstos en el artículo 8 de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea, a propuesta de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, podrá actualizar los siguientes contenidos de los anexos: (1) El apartado B) del anexo I; (2) las categorías de equipamientos que figuran en el punto 5 del anexo II; (3) el anexo III; 4) la relación de materias de los planes de formación inicial que figuran en el punto 9 del anexo IV; y (4) los anexos V a VII.
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Proeli/es/rd/2010/09/10/1133#disposicion-final-tercera