Art. Disposición final primera
En vigor desde 3 oct 2010
Este real decreto tiene carácter básico y se dicta al amparo del artículo 149.1.13.ª y 16.ª de la Constitución, por el que se atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, y en materia de bases y coordinación general de la sanidad.
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Proeli/es/rd/2010/09/10/1131#disposicion-final-primera