Art. Disposición adicional cuarta
En vigor desde 8 jul 2008
El Organismo Autónomo Parque de Maquinaria, sin perjuicio de su adscripción a la Dirección General del Agua, ejercerá su actividad bajo la coordinación administrativa conjunta de los Subsecretarios de Fomento y de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 189, de 6 de agosto de 2008. Ref. BOE-A-2008-13410
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Proeli/es/rd/2008/07/04/1130#disposicion-adicional-cuarta