Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 4

En vigor desde 13 dic 2015
1. Los oficiales y suboficiales adquieren la condición de militares de carrera al obtener el primer empleo de su escala, una vez superado el plan de estudios correspondiente y obtenida la titulación exigida. 2. Los militares de tropa y marinería la adquieren cuando accedan a una prestación de servicios de carácter permanente, tal y como contempla el artículo 12 de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería.
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eli/es/rd/2015/12/11/1111#art-4

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