Libro ESTATUTOS DE LA REAL ACADEMIA DE JURISPRUDENCIA Y LEGISLACIÓN DE ESPAÑA›Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 58
En vigor desde 28 sept 2005
Son propiedad de la Academia:
a) Los libros, revistas y demás publicaciones que constituyen su biblioteca, así como los documentos que constituyen su archivo.
b) El mobiliario y las obras de arte ubicadas en su sede, a excepción de las cedidas en depósito que serán custodiadas mientras el depósito se mantenga.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2005/09/08/1058#art-58