Art. Disposición final tercera

En vigor desde 17 dic 2021
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.13.ª y 23.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de, respectivamente, bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, y legislación básica sobre protección del medio ambiente.
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