Art. Disposición final cuarta
En vigor desde 25 abr 2024
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”, y será de aplicación hasta el 31 de diciembre de 2026.
Se modifica por el art. único.8 del Real Decreto 408/2024, de 23 de abril. Ref. BOE-A-2024-8192
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Proeli/es/rd/2021/11/30/1055#disposicion-final-cuarta