Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 1.ª Pagos directos asociados a los agricultores§ Subsección 6.ª Ayuda Asociada a los productores de frutos secos en áreas con riesgo de desertificación

Art. 64

En vigor desde 1 ene 2023
1. Se concederá una ayuda asociada por superficie para a los productores de almendro, avellano y algarrobo que cumplan las condiciones que se recogen en la presente subsección. 2. El objetivo de esta ayuda es evitar el abandono de estos cultivos en determinadas áreas con riesgo de desertificación con el consiguiente problema medioambiental, económico y social que conllevaría. 3. Para recibir la ayuda prevista en esta subsección, se crean dos regiones, Peninsular e Insular. Las explotaciones ubicadas en la región insular de Islas Baleares recibirán un mayor apoyo atendiendo a las dificultades adicionales y los mayores costes de producción y comercialización derivados de la insularidad. 4. La dotación presupuestaria de esta medida es la que se indica en el anexo XIX del presente real decreto.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2022/12/27/1048#art-64

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil