Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 1.ª Pagos directos asociados a los agricultores§ Subsección 5.ª Ayuda asociada a la producción sostenible de tomate para transformación

Art. 62

En vigor desde 2 mar 2023
Además del contenido mínimo de todo contrato alimentario recogido en la Ley 16/2021, de 14 de diciembre, por la que se modifica la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria, en los contratos, o en el caso de los miembros de una figura asociativa el compromiso de entrega, la información que debe aparecer para poder solicitar la ayuda deberá ser: 1. Identificación y superficie total de las parcelas de las que procedan los tomates entregados a la transformación. 2. El período en el que se realicen las entregas en las industrias de transformación. La información indicada en el apartado 1 de este artículo se podrá presentar ante la autoridad competente hasta la fecha de finalización del plazo de modificación de la solicitud única. Se modifica por la disposición final 7.5 del Real Decreto 147/2023, de 28 de febrero. Ref. BOE-A-2023-5370#df-7

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2022/12/27/1048#art-62

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil