Art. 11

En vigor desde 11 mar 2025
1. El procedimiento de revocación se iniciará de oficio por la persona titular del Ministerio del Interior, que ordenará su tramitación. 2. La tramitación del procedimiento de revocación corresponderá a la Secretaría de Estado de Seguridad, que instruirá el expediente. 3. El procedimiento de revocación se regirá por lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, con las siguientes especialidades: a) El acuerdo de iniciación del procedimiento, que contendrá las circunstancias que motivan el mismo, se notificará a la persona interesada. Frente a este acuerdo, la persona interesada dispondrá de un plazo de diez días para formular las alegaciones o proponer las pruebas que estime oportunas. b) Se dará trámite de audiencia a la persona interesada por un plazo de diez días. c) Si a la vista de lo actuado se estimara que los hechos que motivan el inicio del procedimiento de revocación no quedan acreditados, se procederá al archivo del expediente, notificándose a la persona interesada. d) Una vez concluida la instrucción del procedimiento, la persona titular de la Secretaría de Estado de Seguridad dictará propuesta de resolución en la que se harán constar de forma motivada los hechos que se consideren probados y que justifiquen la revocación de la condecoración, dándose seguidamente audiencia a la persona interesada por un plazo de diez días. Esta propuesta de resolución se elevará al órgano que otorgó la condecoración, al que corresponderá resolver sobre su revocación. e) El plazo máximo para dictar y notificar la resolución de revocación de la condecoración será de seis meses, desde la fecha del acuerdo de iniciación del procedimiento. El vencimiento de dicho plazo sin que se haya notificado resolución expresa producirá los efectos prevenidos en el artículo 25 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, para los supuestos de falta de resolución expresa en los procedimientos iniciados de oficio. 4. La revocación será acordada por la persona titular del Ministerio del Interior.
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eli/es/rd/2025/02/18/103#art-11

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