Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 3.ª Matriculación
Art. 21
En vigor desde 13 may 2026
La Agencia Estatal de Seguridad Aérea no emitirá el certificado de aeronavegabilidad o documento equivalente hasta que se haya acreditado el cumplimiento de los requisitos aplicables para la obtención de dicho documento y el Registro emita el Certificado de Matrícula provisional o definitivo.
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Proeli/es/rd/2025/11/12/1029#art-21