Capítulo CAPÍTULO I

Art. 3

En vigor desde 9 dic 2025
1. La Agencia ajustará su actuación a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, a lo establecido en el presente estatuto y sus normas de desarrollo, y supletoriamente, al resto de normas de derecho administrativo general y especial que le sean de aplicación. 2. La Agencia desarrollará su actividad sin perjuicio de las competencias de otros órganos establecidas por la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, y por la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2025/11/12/1027#art-3

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil