Capítulo CAPÍTULO I
Art. 3
En vigor desde 9 dic 2025
1. La Agencia ajustará su actuación a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, a lo establecido en el presente estatuto y sus normas de desarrollo, y supletoriamente, al resto de normas de derecho administrativo general y especial que le sean de aplicación.
2. La Agencia desarrollará su actividad sin perjuicio de las competencias de otros órganos establecidas por la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, y por la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
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Proeli/es/rd/2025/11/12/1027#art-3