Libro TRATADO PRIMEROTítulo TITULO IVSecc. Del Capitán de Compañía

Art. 164

Derogado
En vigor desde 31 may 1984
Ejercerá el control de los permisos del personal de su Compañía y en las propuestas que eleve se guiará por criterios de justicia y equidad.
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eli/es/rd/1984/05/23/1024#art-164

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