Libro TRATADO PRIMEROTítulo TITULO III

Art. 109

Derogado
En vigor desde 31 may 1984
Durante la navegación observará el comportamiento de su buque en la mar con los distintos tiempos y diferentes calados y asientos, anotando todas sus observaciones en el Historial si no figurasen.
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eli/es/rd/1984/05/23/1024#art-109

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