Capítulo CAPÍTULO VIII
Art. 45
En vigor desde 12 mar 2014
Los presentes Estatutos de la Real Academia de Ciencias Veterinarias de España serán desarrollados por un Reglamento de régimen interior, que elaborará la propia Institución y que se aprobará en sesión extraordinaria de la Junta Plenaria.
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Proeli/es/rd/2014/02/21/101#art-45