Art. 2

En vigor desde 23 oct 2025
El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos: A) La Secretaría de Estado de Justicia, de la que dependen los siguientes órganos directivos: 1.º La Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, de la que dependen los siguientes órganos directivos: a) La Dirección General para la Eficiencia del Servicio Público de Justicia. b) La Dirección General de Transformación Digital de la Administración de Justicia. c) La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública. 2.º La Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional. B) La Secretaría de Estado de Relaciones con las Cortes y Asuntos Constitucionales, de la que dependen los siguientes órganos directivos: 1.º La Dirección General de Relaciones con las Cortes. 2.º La Dirección General de Asuntos Constitucionales y Coordinación Jurídica. C) La Subsecretaría de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, de la que dependen: 1.º La Secretaría General Técnica-Secretariado del Gobierno, con rango de Dirección General. 2.º La Dirección General de Servicios. 3.º La Dirección General de Libertad Religiosa. D) La Abogacía General del Estado, con rango de Subsecretaría, de la que dependen los siguientes órganos directivos: 1.º La Dirección General de lo Consultivo. 2.º La Dirección General de lo Contencioso. Se modifica la letra A) por el del Real Decreto 945/2025, de 21 de octubre. Ref. BOE-A-2025-21217 Se modifica por la disposición final 4 del Real Decreto 204/2024, de 27 de febrero. Ref. BOE-A-2024-3790#df-4

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Pro

eli/es/rd/2023/12/05/1009#art-2

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