Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
En vigor desde 8 nov 2015
1. El objeto del presente reglamento es regular el procedimiento de adquisición de la nacionalidad española por residencia.
2. Será competente para la instrucción de dicho procedimiento la Dirección General de los Registros y del Notariado.
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Proeli/es/rd/2015/11/06/1004#art-1