Art. Artículo único

En vigor desde 10 ago 2003
Se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Ingenieros Técnicos de Minas y de Facultativos y Peritos de Minas, y de su Consejo General, cuya constitución se autorizó por Decreto de 27 de enero de 1956, que se insertan a continuación de este real decreto.
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eli/es/rd/2003/07/25/1001#articulo-unico

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