Libro ANEXO IICapítulo CAPÍTULO II

Art. 8

En vigor desde 20 ene 2016
1. Teniendo en cuenta las exigencias para la protección y conservación del recurso y de su entorno, y respetando el carácter prioritario del abastecimiento, el orden de preferencia entre los diferentes usos del agua contemplados en el artículo 60.3 del TRLA, para los diferentes sistemas de explotación de recursos, es el siguiente: 1.º Abastecimiento de población. 2.º Usos industriales siempre que el consumo neto para usos industriales en el área en que se encuentre el aprovechamiento no supere el 5% de la demanda total para regadíos en dicha área. En caso contrario, dichos usos industriales se situarán en el puesto n.º 5. 3.º Regadíos y usos ganaderos. 4.º Usos industriales para producción de energía eléctrica. 5.º Otros usos industriales no incluidos en los apartados anteriores. 6.º Acuicultura. 7.º Usos recreativos. 8.º Navegación y transporte acuático. 9.º Otros aprovechamientos. 2. En los abastecimientos a población tendrán preferencia los que estén referidos a mancomunidades, consorcios o sistemas integrados de municipios sobre los sistemas individuales o aislados. 3. Los usos incluidos como «Otros aprovechamientos» que sean aplicables en virtud de la legislación de incendios forestales, protección civil, especies protegidas o conservación de humedales, tendrán carácter prioritario respecto del resto de usos, con excepción del abastecimiento de poblaciones. 4. Con carácter general, dentro de un mismo tipo o clase de uso, en caso de incompatibilidad, se dará preferencia a aquellos de mayor utilidad pública o aquellos que introduzcan mejores técnicas que redunden en un menor consumo de agua o en el mantenimiento o mejora de su calidad. Conforme a este criterio, los aprovechamientos preferentes son aquellos que se orienten a: a) Una política de ahorro del agua, de mejora del estado de la masa de agua y de alcance de los objetivos ambientales. b) La conservación del estado de los acuíferos y la explotación racional de sus recursos. c) La explotación conjunta y coordinada de todos los recursos disponibles, incluyendo la reutilización y las posibilidades de recarga artificial. d) Proyectos de carácter estratégico, comunitario o cooperativo, frente a iniciativas individuales. e) Aprovechar el recurso en el propio sistema de explotación generador frente a aquellas otras opciones que supongan el paso a otros sistemas de explotación.
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eli/es/rd/2016/01/08/1#art-8-3

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