Art. Disposición final única

En vigor desde 15 mar 2020
Esta resolución estará vigente desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» hasta la finalización del periodo el estado de alarma o hasta que existan circunstancias que justifiquen una nueva orden modificando los términos de la presente.
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eli/es/o/2020/03/15/tma231#disposicion-final-unica

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