Art. Disposición final segunda

En vigor desde 24 ago 2024
En lo no previsto en esta orden se aplicará, supletoriamente, lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre; el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; la Ley 39/2015, de 1 de octubre; y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
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