Art. 3
En vigor desde 2 ago 2026
1. El marco jurídico en el que se desarrollan las actividades del Ministerio de Trabajo y Economía Social en el ámbito de la prestación de los servicios electrónicos a la ciudadanía, sin perjuicio de la legislación específica, está integrado fundamentalmente por las normas contenidas en el anexo.
2. El Comité de Seguridad de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones del Ministerio de Trabajo y Economía Social mantendrá actualizado dicho marco jurídico, especialmente las instrucciones técnicas de seguridad, de obligado cumplimiento, esenciales para lograr una adecuada, homogénea y coherente implantación de los requisitos y medidas recogidos en el Esquema Nacional de Seguridad.
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Proeli/es/o/2026/07/23/tes804#art-3