Art. 1
En vigor desde 2 ago 2026
1. De acuerdo con lo previsto en el artículo 12.3 del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad, el objeto de esta orden ministerial es la aprobación de la política de seguridad de la información y de los servicios (en adelante política de seguridad o PSI), en el ámbito de la Administración Digital del Ministerio de Trabajo y Economía Social, así como la creación del Comité de Seguridad de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (en adelante, COSTIC) del Ministerio de Trabajo y Economía Social y la regulación de su composición, funcionamiento y funciones.
2. La PSI establece las orientaciones o directrices que rigen la actuación en el Ministerio de Trabajo y Economía Social, de las personas y entidades, en relación con la seguridad de los sistemas de información; entendiendo que un Sistema de Información es un conjunto organizado de recursos (físicos, lógicos, de comunicación, de datos, procedimientos, de servicios contratados y personas) que permite conseguir las especificaciones funcionales establecidas para el departamento.
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Proeli/es/o/2026/07/23/tes804#art-1