Art. [preambulo]
En vigor desde 2 abr 2005
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones dispone en su artículo 9 que las normas que establezcan las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en el ámbito de la Administración General del Estado, deberán ser publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» con carácter previo a su otorgamiento.
Asimismo, el artículo 17 de la citada Ley 38/2003, de 17 de noviembre, establece que dichas bases reguladoras deberán ser aprobadas por Orden Ministerial e indica los extremos mínimos que las mismas deben concretar.
Por otro lado, la disposición transitoria primera de dicha Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones establece que en el plazo de un año a partir de la entrada en vigor de esta Ley se procederá a la adecuación de la normativa reguladora de las subvenciones al régimen jurídico establecido en la misma.
Mediante la presente Orden Ministerial, se adecua a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la normativa reguladora de las subvenciones sobre las políticas activas de empleo que, –de acuerdo con la definición contenida en el artículo 23.1 de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo–, viene desarrollando el Servicio Público de Empleo Estatal a través de diversos programas.
En su virtud, previo informe de la Abogacía del Estado en el Departamento y de la Intervención Delegada de la Intervención General de la Administración del Estado en el Servicio Público de Empleo Estatal, dispongo:
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Proeli/es/o/2005/03/21/tas816#preambulo-pr