Capítulo CAPÍTULO XII
Art. Disposición final quinta
En vigor desde 1 jun 2020
La presente orden surtirá plenos efectos desde las 00:00 horas del día 1 de junio de 2020 y mantendrá su eficacia durante toda la vigencia del estado de alarma y sus posibles prórrogas.
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Proeli/es/o/2020/05/30/snd458#disposicion-final-quinta