Capítulo CAPÍTULO I

Art. 6

En vigor desde 24 may 2022
Son funciones del Presidente de la Comisión: 1. La representación general de la Comisión en el ámbito de sus competencias. 2. Acordar las convocatorias de sesiones ordinarias y extraordinarias y la fijación del orden del día. 3. Designar los expertos en evaluación de las actividades de formación sanitaria continuada a propuesta de la Comisión. 4. Presidir las sesiones, moderar el desarrollo de los debates y suspenderlos por causas justificadas. 5. Visar las actas y certificaciones de los acuerdos de la Comisión. 6. Cuantas otras facultades le sean atribuidas en esta orden.
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eli/es/o/2022/05/18/snd456#art-6

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