Art. Disposición final segunda
En vigor desde 29 abr 2006
Esta orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.15.ª y 16.ª de la Constitución, y de acuerdo con lo previsto en la disposición final segunda y el artículo 6.2 del Real Decreto 339/2004, de 27 de febrero, sobre acreditación de institutos de investigación sanitaria.
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Proeli/es/o/2006/04/18/sco1245#disposicion-final-segunda