Art. 4

En vigor desde 7 feb 2019
1. Corresponde a la persona que ostente la Presidencia: a) La representación general del Comité en su ámbito de competencias. b) La convocatoria de las reuniones ordinarias y extraordinarias del Comité. c) La continuidad del Comité en los períodos entre sus reuniones. 2. Corresponde a la persona que ostente la Vicepresidencia: a) La sustitución de la persona que ostente la Presidencia en caso de vacante, ausencia o enfermedad. b) Las demás funciones que le atribuya la persona que ostente la Presidencia. 3. Corresponde a la persona que ostente la Secretaría: a) La preparación del orden del día de las convocatorias. b) El apoyo la persona que ostente la Presidencia en el mantenimiento de la continuidad del Comité y la coordinación de su funcionamiento. c) La coordinación de las diferentes Comisiones y grupos de trabajo que, en su caso, se constituyan.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2019/02/04/scb93#art-4

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil