Art. Primero
En vigor desde 10 mar 2002
El organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico o los Cuarteles Generales Militares Internacionales de la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN), establecidos en España de conformidad con el Acuerdo entre el Reino de España y la Organización del Tratado del Atlántico Norte relativo a las condiciones especiales aplicables al establecimiento y explotación en territorio español de un Cuartel General Militar Internacional, podrán llevar a cabo la matriculación y expedición del permiso o autorización para circular de los vehículos oficiales al servicio de la citada Organización.
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Proeli/es/o/2002/03/05/pre513#primero