Art. Disposición final primera

En vigor desde 6 dic 2005
Por el Director General del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, se adoptarán las medidas y se dictarán las Resoluciones necesarias para el cumplimiento de la presente Orden.
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eli/es/o/2005/11/30/pre3780#disposicion-final-primera

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