Art. Preambulo

En vigor desde 28 oct 2006
El empleo de Cabo Mayor fue creado en el Cuerpo de la Guardia Civil por la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil, contemplándose en el artículo 10 como el empleo superior dentro de la categoría de los Cabos y Guardias. Por Real Decreto 210/2002, de 22 de febrero, se fija la plantilla del Cuerpo de la Guardia Civil para el periodo 2002-2006, con 60 efectivos para el empleo de Cabo Mayor. Por Órdenes del Ministro de Defensa 160/17447/03, de 13 de octubre, 160/15611/04, de 29 de septiembre, y 160/14265/05, de 2 de septiembre, ascienden al citado empleo 30, 10 y 10 Cabos Primeros respectivamente. Por ello, es necesario regular sus funciones y establecer el papel a desempeñar dentro de la organización del citado Instituto. En su virtud, y a propuesta conjunta de los Ministros de Defensa y del Interior, dispongo:
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