Art. Preambulo

En vigor desde 29 jul 2010
El Real Decreto 437/2010, de 9 de abril, por el que se desarrolla la regulación del proceso de titulización del déficit del sistema eléctrico, ha creado una Comisión Interministerial que tiene como finalidad velar por el correcto cumplimiento de las condiciones en que deben ejecutarse las tareas asignadas a la Sociedad Gestora del Fondo de Titulización del Déficit del Sistema Eléctrico. La misma norma establece en su artículo 18 que dicha comisión podrá delegar parte de sus funciones en un Comité de Seguimiento que se creará mediante orden ministerial a propuesta conjunta del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y del Ministerio de Economía y Hacienda. En su virtud, a propuesta del Ministro de Industria Turismo y Comercio y de la Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de Economía y Hacienda, con la aprobación previa de la Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de la Presidencia, dispongo:
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eli/es/o/2010/07/26/pre2037#preambulo-preambulo

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