Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 16
En vigor desde 11 jun 2021
1. El ámbito de las actividades de instrucción y adiestramiento, que se divide en el módulo de Instrucción y Adiestramiento y en el módulo de Servicio Operativo, constituye el conjunto de las prácticas integradas y convergentes de las materias específicas a lo largo de todo el desarrollo del correspondiente plan de estudios.
Estos módulos contendrán las competencias relacionadas con la acción de mando, con objeto de proporcionar al alumnado las técnicas de mando y las capacidades propias del suboficial del Cuerpo de la Guardia Civil.
2. Se podrán establecer periodos en los que las actividades de instrucción y adiestramiento tengan carácter exclusivo sobre el resto de los módulos del plan de estudios.
3. El módulo de Instrucción y Adiestramiento se impartirá a lo largo del primer curso y el primer periodo del segundo curso académico. El programa de estudios incluirá parte de las competencias de la titulación de Instructor del Sistema de Intervención Operativa de la Guardia Civil. También comprenderá, en su caso, intercambios o visitas a unidades de la Guardia Civil u otros organismos nacionales o internacionales, siempre que estén relacionados con el futuro desarrollo profesional.
4. El módulo de Servicio Operativo se impartirá en el segundo periodo del segundo curso académico, desarrollándose en su totalidad en la unidad de prácticas de la Guardia Civil que se le asigne a cada alumno o alumna.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2021/06/09/pcm577#art-16