Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 19

En vigor desde 11 jun 2021
1. La evaluación, en el ámbito de la enseñanza de formación, presenta los siguientes rasgos definitorios: a) Tiene carácter continuo. b) Contribuye al proceso de enseñanza y aprendizaje. 2. En el proceso de formación se verificarán, con criterios objetivos, los conocimientos adquiridos por el alumnado, el desarrollo de su formación, su aptitud para el servicio y su rendimiento escolar, mediante las correspondientes evaluaciones, calificaciones e IPA. 3. El método, características y condiciones para la evaluación de cada materia o asignatura, figurará en el correspondiente programa de estudios aprobado por el Jefe de la Jefatura de Enseñanza.
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eli/es/o/2021/06/09/pcm577#art-19

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