Art. 8

En vigor desde 4 ene 2022
Los defectos detectados en una estación ITV/FAS se clasificarán, de acuerdo con su peligrosidad, en tres grados: a) Defectos leves (DL): Defectos que no tienen un efecto significativo en la seguridad del vehículo o sobre el medio ambiente. Son defectos que no exigen una nueva inspección, pero que deberán subsanarse antes de la siguiente revisión. b) Defectos graves (DG): Defectos que disminuyen las condiciones de seguridad del vehículo, ponen en riesgo a otros usuarios de las vías públicas o que pueden tener un impacto sobre el medio ambiente. Son defectos que inhabilitan al vehículo para circular por las vías públicas, excepto para su traslado al taller y vuelta a la estación ITV/FAS en el plazo que se señale. Se deberá proceder a la reparación del vehículo en el escalón correspondiente y, una vez reparado, pasar una nueva inspección. c) Defectos muy graves (DMG): Defectos que constituyen un riesgo directo e inmediato para la seguridad vial o tienen un impacto sobre el medio ambiente Esta calificación indica que la utilización del vehículo supone un peligro para sus ocupantes o para los demás usuarios de la vía pública, debiendo inmovilizarse el vehículo y sólo permitiendo el traslado al taller por medios ajenos al vehículo, si debe realizarse por vías públicas. Una vez reparado, deberá volver a la estación ITV en el plazo que se señale.
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eli/es/o/2021/12/09/pcm1399#art-8

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