Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición adicional tercera
En vigor desde 12 jun 2025
Por la Jefatura de Servicios Técnicos de la Guardia Civil se adoptarán las medidas necesarias para realizar el diseño e implantación, en el sistema integral de gestión de recursos humanos, de lo recogido en esta orden.
Así mismo, esa Jefatura llevará a cabo las acciones necesarias para garantizar que las medidas de pre-anotación telemática, validación y anotación en el expediente académico se llevan a cabo a través de una aplicación electrónica, con las debidas garantías de aseguramiento del acceso, confidencialidad, integridad, trazabilidad, autenticidad, disponibilidad y de conservación de los datos, la información y el servicio conforme al Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad.
Se añade un nuevo párrafo por el .10 de la Orden PJC/598/2025, de 9 de junio. Ref. BOE-A-2025-11787
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2019/03/20/pci361#disposicion-adicional-tercera