Art. 9

En vigor desde 13 ene 2018
1. Los funcionarios de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, de Tramitación Procesal y Administrativa y de Auxilio Judicial desempeñarán las funciones previstas en la Ley Orgánica del Poder Judicial, en las disposiciones legales y reglamentarias y las normas complementarias que se dicten en su desarrollo, adaptadas a las funciones concretas del puesto de trabajo. 2. Desempeñarán asimismo las funciones de naturaleza análoga a las propias del puesto de trabajo que ocupen que le sean encomendadas por sus superiores jerárquicos.
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eli/es/o/2018/01/05/jus3#art-9

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