Art. Disposición final primera

En vigor desde 29 dic 2019
La presente orden se dicta al amparo de las competencias exclusivas que atribuye al Estado el artículo 149.1. 6.ª de la Constitución que atribuyen al Estado las competencias en materia de legislación mercantil y penal.
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eli/es/o/2019/12/26/jus1256#disposicion-final-primera

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