Art. 3
En vigor desde 29 dic 2019
En los casos en que la persona física profesional que hubiera realizado la declaración a que refiere el artículo anterior quisiera modificar alguno de los datos que se hicieron constar en dicha declaración, deberá presentar una declaración de modificación, también con firma electrónica, mediante el correspondiente formulario que contendrá los datos registrales de la inscripción del alta, más los mismos datos indicados en el apartado anterior, debidamente modificados en lo que proceda.
Se incorpora modelo al respecto en el anexo II.
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Tus anotaciones
Proeli/es/o/2019/12/26/jus1256#art-3