Art. Tercero

En vigor desde 10 feb 2026
1. El CEPIA está formado por 34 consejeras y consejeros: niñas, niños y adolescentes con edades comprendidas entre 8 y 17 años en el momento de su designación. 2. Con carácter honorífico la persona titular del departamento ministerial con competencias en materia de promoción de derechos de la infancia y la adolescencia ostentará la Presidencia de honor del CEPIA. 3. Las niñas, niños y adolescentes miembros del CEPIA lo serán a título voluntario y actuarán en representación de la estructura participativa, entidad, organización o colectivo que haya propuesto su candidatura, formando parte de pleno derecho de la asamblea con voz y voto.
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eli/es/o/2026/01/29/jui80#tercero

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